22 junio, 2013

Reforma al Consejo de la Magistratura en Argentina: voto en disidencia de Zaffaroni

Referencias:
Sujetos procesales: Magistrados
Independencia judicial
Consejo de la Magistratura. Elección de sus integrantes
Constitucionalidad de normas. Control por la Corte Suprema de Justicia

Fuente:
18.06.2013 | 17:05 |

El voto en disidencia de Raúl Zaffaroni

El magistrado fue crítico con la opinión de sus colegas de la Corte y afirmó en su voto que "la representación estamentaria en la Constitución Nacional es una excepción, en tanto que la regla republicana es la representación popular".
El juez Raúl Eugenio Zaffaroni no estuvo de acuerdo con la declaración de inconstitucionalidad de la reforma al Consejo de la Magistratura y emitió un voto en disidencia donde expresó que es un exceso a los límites del poder de control de constitucionalidad "decidir en el campo que la Constitución dejó abierto a la decisión legislativa".
Nota completa aquí


Sentencia 244/2013 (TS España): BBVA deberá indemnizar las pérdidas sufridas por clientes que a su propuesta adquirieron participaciones preferentes de Lehman Brothers

Referencias:
Derecho Penal Económico
Impugnación Recurso de casación civil

Fuente:
http://www.urbeabogados.com/participaciones-preferentes-sentencia-tribunal-supremo/


BBVA deberá indemnizar las pérdidas sufridas por clientes que a su propuesta adquirieron participaciones preferentes de Lehman Brothers

TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil  
PLENO
Presidente Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos

SENTENCIA
Sentencia Nº: 244/ 2013
Fecha Sentencia: 18/ 04/ 2013
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Recurso Nº: 1979/ 2011
Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimando Parcialmente

Puede acceder al texto completo aquí (pdf)

¿Existe la cadena perpetua en nuestro país?

Referencias
Penas
Cadena Perpetua

Liza ramos dávila

La pena, como decisión judicial por la comisión de un delito, suele ser asociada a ideas de justicia, de castigo merecido, o de prevención, según sea el caso. Como señala Silva Sánchez, la pena constituye la representación social del Derecho penal y es indesligable de éste.

En nuestro país, la pena por el delito puede ser privativa de la libertad (p.e. prisión), restrictiva de la libertad (p.e. expulsión del país) o restrictiva de derechos (p.e. prestación de servicios a la comunidad) y multa.

Con respecto a su duración, la pena privativa de libertad, según el Código Penal, puede ser temporal o de cadena perpetua. Esta última se puede imponer ante delitos que afecten gravemente bienes jurídicos considerados fundamentales (por ejemplo, secuestro en formas agravadas, violación sexual de menor de 10 años de edad, robo agravado cuando el agente actúa como integrante de una organización delictiva o banda, entre otros)

Sin embargo, la cadena perpetua no ha recibido un tratamiento uniforme por parte de la legislación y jurisprudencia constitucional de nuestro país. Recordemos que, con motivo de la demanda interpuesta en el Exp. 010-2002-AI/TC, se alegó que la cadena perpetua era inhumana, cruel y degradante, [lesionadora del principio]  de proporcionalidad de las penas, de negación de los beneficios penitenciarios y del derecho internacional humanitario. En efecto, la cadena perpetua colisiona con el Art. 139.22 de la Constitución Política peruana, que fija un marco de principios básicos de ejecución penitenciaria. Estos son, los principios de "reeducación", "rehabilitación" y "reincorporación" del penado a la sociedad. Como era de verse, la cadena perpetua, al tener un principio pero carecer de un final, impedía la consecución de estos principios constitucionales.

La solución vino entonces a través del Derecho comparado. Una de las fuentes que tuvo en cuenta nuestro TC en la STC 10-2002-AI/TC, fue el Estatuto de la Corte Penal Internacional. Aquí se establece la posibilidad de revisar la sentencia y la pena, luego de transcurrido un determinado periodo.  Con este referente, el Tribunal Constitucional peruano declaró que “la cadena perpetua sólo es inconstitucional si no se prevén mecanismos temporales de excarcelación, vía los beneficios penitenciarios u otras que tengan por objeto evitar que se trate de una pena intemporal” y estableció la obligación de los jueces de “revisar las sentencias condenatorias” de cadena perpetua.

Como consecuencia de ello, y para evitar objeciones de inconstitucionalidad, se promulgó el Dec. Leg. 921 que establece un procedimiento de revisión de la cadena perpetua cuando el condenado haya cumplido 35 años de privación de libertad.  Este procedimiento también fue cuestionado a través de una demanda constitucional. Finalmente, mediante STC 3-2005-AI/TC, el Tribunal Constitucional declaró infundados los cuestionamientos al procedimiento de revisión de sentencia de cadena perpetua. De manera que actualmente la cadena perpetua está vigente y también el procedimiento de revisión de la condena.

Con esto en mente, nos hemos preguntado varias veces sobre la conveniencia de eliminar etiquetas. Una cadena perpetua que se revisa cada 35 años, no es propiamente perpetua. Estamos ante una denominación que tiene muchos efectos simbólicos. Efectos sedantes para quienes reclaman por castigo, más no disuasivos para aquellos potenciales delincuentes. 

Además, si atendemos a las condiciones deplorables y desiguales de nuestro sistema penitenciario, que no favorece la reinserción del reo a la sociedad de un modo productivo ni la regeneración de los vínculos rotos por la comisión del delito, quizá sea mejor así. Quizá es mejor poner límites temporales al castigo estatal. En buena cuenta, la cadena perpetua, más que un castigo; es un reconocimiento de incapacidad del propio sistema.
***

A continuación, una nota publicada en la página de la BBC de Londres titulada “La obsesión de los Estados Unidos por la cadena perpetua”

Fuente:

La obsesión de Estados Unidos por la cadena perpetua

Kate Dailey
BBC

Lunes, 17 de junio de 2013
Muchos sentenciados a cadena perpetua en EE.UU. mueren en la cárcel.
Las sentencias a cadena perpetua que realmente duran toda una vida en la cárcel son raras en Reino Unido y otras naciones, pero en Estados Unidos son comunes. ¿Por qué este castigo es tan frecuente en este país?

Presentan libros “Lucha contra la corrupción en el Perú” y “Política Criminal y Penitenciaria”


Fuente:
Presentan libros “Lucha contra la corrupción en el Perú” y “Política Criminal y Penitenciaria”
Publicado en 
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Figallo, junto al presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor y representantes de la cooperación alemana, presentó los libros “Lucha contra la corrupción en el Perú” y “Política Criminal y Penitenciaria” que recogen la experiencia peruana y dan las pautas sobre las políticas públicas sobre estas materias.
En su alocución, el jefe de la Unidad Latinoamérica y Coordinador General del Instituto Max Planck para el Derecho Penal Extranjero e Internacional, Dr. Jan-Michael Simon, resaltó la necesidad de la lucha contra la corrupción debido a los efectos negativos que esta tiene en los Estados y sobre todo en los más pobres. En ese sentido, resaltó la importancia que tienen estos documentos para el país como referencia para la formulación de políticas públicas de prevención y control de este fenómeno y el tratamiento penitenciario.
A su turno, Horst Schoenbohm, representante de la GIZ de Alemania, al comentar los importantes documentos, se mostró convencido de la necesidad de que el Estado intensifique su actuación contra la corrupción, debido a que, dijo, está en juego su credibilidad y, por tanto, su legitimidad ante los ciudadanos.
Por su parte, el ministro de Justicia, Daniel Figallo, destacó el compromiso del gobierno del presidente de la República, Ollanta Humala, de luchar contra la corrupción. Recordó que a través del Consejo Nacional de Política Criminal se está avanzando el diagnóstico de la criminalidad y se ha decidido priorizar la lucha contra los delitos patrimoniales, la minería ilegal, la trata de personas y el sicariato con acciones de corto, mediano y largo plazo que busquen romper este círculo vicioso de la delincuencia.
Anotó además que se alista el Plan Nacional para la Justicia Juvenil, que será puesto a disposición la próxima semana con compromisos concreto de todos los sectores involucrados en el tratamiento de los adolescentes infractores.
Finalmente, el primer ministro, Juan Jiménez resaltó la importancia de las obras al señalar que ahora se cuenta con un documento que recoge la experiencia peruana en la lucha contra la corrupción en el país  y que sirve de testimonio para que los jóvenes conozcan los efectos que tuvo esta lacra en los años 90.

15 junio, 2013

Estas son las novedades


en:








Semana del viernes 14 al jueves 20 de junio

FORO DE INTERAPRENDIZAJE
Información y debates desde los Cuatro Suyos y el Mundo
Clásicos de las Ciencias Penales: Eugenio Raúl ZAFFARONI


PUBLICACIONES
Libros y artículos al alcance de todos
Sobre la negación del indulto a Fujimori Por Carlos Caro Coria


LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA
Conociendo al legislador y al juez
Caso sobre delitos contra el patrimonio: recurso de casación fundado por interpretación errónea de la Ley penal
Caso Sánchez Paredes. Control del requerimiento fiscal de sobreseimiento
Disturbios: endurecimieto de la pena con la modificación del art. 315 del CP
Proyecto de Ley sobre criminalidad organizada (Comisión de Justicia y DDHH del Congreso)


MULTIMEDIA. 
Ver y oír para aprender y entender
Casos de asesinos en serie: problemas en la investigación



Clásicos de las Ciencias Penales: Eugenio Raúl ZAFFARONI

Referencias:
Poder punitivo y Estado gendarme
Política Criminal
Criminología
Derecho Penal
Derecho Procesal Penal
Política Criminal
Derecho Penitenciario
Justicia Penal Juvenil
Seguridad ciudadana – Discursos y propaganda mediática retardatarios
Clásicos de las Ciencias Penales: Eugenio Raúl ZAFFARONI



Fuente:



SOCIEDAD › DESDE EL PROXIMO JUEVES, EN PAGINA/12, UNA OBRA DE EUGENIO ZAFFARONI ILUSTRADA POR MIGUEL REP


LAS CLAVES DE LA CUESTIÓN CRIMINAL


El juez de la Corte Suprema Eugenio Raúl Zaffaroni, el penalista más reconocido del país, abordará en 25 fascículos semanales una visión alternativa sobre la seguridad en una sociedad democrática. Aquí explica los ejes de la obra: el poder punitivo y el “Estado gendarme”, la “mano dura”, los discursos sobre la “inseguridad” y el papel de los medios.

Continuar leyendo


Fuente:

http://espectadores.wordpress.com/2011/06/08/la-cuestion-criminal-segun-zaffaroni/

LA CUESTIÓN CRIMINAL SEGÚN ZAFFARONI. ÚLTIMO FASCÍCULO


08/06/2011
Posted by María Bertoni in Periodismo/Medios. 
Tags: cuestión criminal zaffaroni
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El último jueves de mayo, Página/12 aprovechó su cumpleaños para lanzar La cuestión criminal, colección de 25 fascículos a cargo de Eugenio Raúl Zaffaroni (y con ilustraciones de Miguel Rep), que propone una mirada alternativa sobre delincuencia e (in)seguridad. En la primera entrega, el juez de la Corte Suprema anunció su doble intención de, por un lado, analizar “lo que nos dicen los académicos, los medios y los muertos” y, por otro lado, de insistir en la necesaria prudencia con la que debe usarse el poder represivo.


LA CUESTIÓN CRIMINAL SEGÚN ZAFFARONI. ÚLTIMO FASCÍCULO

17/11/2011


Posted by María Bertoni in Periodismo/Medios.




Así se despide Eugenio Raúl Zaffaroni de los lectores de La cuestión criminal. No obstante, recién mañana viernes Espectadores dará por concluida lasíntesis digital que inició a principios de junio pasado y que hoy incorpora los párrafos principales del fascículo final. 

Puede acceder al texto completo de los primeros 8 números de La cuestión criminal aquí (pdf)

ENTREVISTA EXCLUSIVA A EUGENIO RAÚL ZAFFARONI: “NO PRETENDO CONVERTIRM EN EL CARL SAGAN DE LA CRIMINOLOGÍA”

18/11/2011
Postedby María Bertoni in Periodismo/Medios.
Tags: cuestión criminal zaffaroni
trackback

En la entrevista que le concedió por correo electrónico a Espectadores, Eugenio Raúl Zaffaroni se refiere a su trabajo con La cuestión criminal y a la tarea -no individual, sino colectiva- de promover la reflexión pública en torno a lo que los medios y algunos políticos llaman “la inseguridad”. A continuación, la transcripción de las preguntas y respuestas que cierran de la mejor manera nuestro pequeño aporte a la divulgación digital de una publicación sin precedentes en la Argentina.
E: ¿Cómo surgió la idea de preparar el compendio La cuestión criminal?
ERZ: Cuando comencé a escribir La palabra de los muertos me propuse hacer algo sintético, de divulgación más o menos masiva. Pero una cosa es lo que uno se propone y otra lo que va saliendo a medida que redacta. Aunque cualquier persona con formación secundaria o terciaria puede leerlo, ese libro no es de divulgación pública general quizá porque es demasiado extenso (no quise suprimir información que me parece básica) y porque es caro en relación con las publicaciones de circulación general. Por todo esto, pensé en usar el mismo material para otro formato: después de conversarlo con algunos de mis colaboradores, hicimos un puente con Página/12 y comenzamos a trabajar en conjunto, especialmente con Rep que es una persona genial.



Sobre la negación del indulto a Fujimori


ASPECTOS JURÍDICOS DE LA NEGACIÓN DEL INDULTO AL EX PRESIDENTE
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Dino Carlos Caro Coria

“No se ha debatido jurídicamente en nuestro medio si esta prohibición general de indultos en casos de crímenes internacionales, puede ceder de modo absolutamente excepcional ante razones humanitarias”.



Puede leer el texto completo aquí (pdf)


Caso sobre delitos contra el patrimonio: recurso de casación fundado por interpretación errónea de la Ley penal

Referencias:
Impugnación
Casación, concesión del recurso por errónea interpretación de la Ley penal e interés jurisprudencial (Artículos 429.3 y 427.4); recurso fundado, nula la sentencia de la Sala Penal Superior y nuevo juicio de apelación por ese colegiado.
Delitos contra el patrimonio
Apropiación ilícita. Elementos morfológicos


Casación N° 301-2001 Lambayeque. Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Ponente Dr. Salas Arenas. Sentencia de 4 de octubre de 2012

Puede acceder al texto completo aquí (pdf)

Caso Sánchez Paredes. Control del requerimiento fiscal de sobreseimiento

Referencias:
Lavado de activos
Dictamen Fiscal no acusatorio, discrepancia de la Sala Penal Nacional y elevación a la Fiscalía Suprema en lo Penal. Expediente N° 0100-2010-0-5001-JR-PE-02, Resolución de 31.05.2013. Caso Sánchez Paredes
Proceso común, etapa intermedia, control del requerimiento fiscal de sobreseimiento (Artículos 345, 346 CPP)

Jurisprudencia.
Lavado de activos. Caso Sánchez Paredes
Control del requerimiento fiscal de sobreseimiento. Discrepancia de la Sala Penal Nacional. Elevación al Fiscal Supremo en lo Penal

Puede ver el texto completo aquí (pdf)


Disturbios: endurecimiento de la pena con la modificación del art. 315 del CP

Referencias:
Delitos contra la tranquilidad pública. Disturbios o reunión tumultuaria. Artículo 315 CP. Ley 30037, de 7 de junio de 2013, modificación
Pena privativa de libertad, endurecimiento

Disturbios, modificación del artículo 315 CP. Endurecimiento punitivo. Ley 30037 (07.06.2013)

Puede acceder al texto completo aquí (pdf)

Proyecto de Ley sobre criminalidad organizada (Comisión de Justicia y DDHH del Congreso)

Referencias:
Criminalidad organizada. Legislación Proyectos de Ley 1803/2012-CR, 1833/2012-PE y 1946/2012-CR. Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República (Dictamen 7.05.2013)
CPP, aplicación integral para procesar ilícitos de criminalidad organizada (1era Disposición Complementaria Transitoria)
CPP, modificaciones: Arts. 227(Intervención de correspondencia), 230 (Intervención de comunicaciones telefónicas o de otras formas de comunicación – Geolocalización de teléfonos móviles), 231 (Registro de la intervención de comunicaciones telefónicas y otras formas de comunicación), 340 (Circulación y entrega vigilada de bienes delictivos), 341 (Agente encubierto), 342 (Investigación preparatoria, plazos) y 473 (Colaboración eficaz, ámbito del proceso y competencia)
CPP incorporaciones de numeral 5) al artículo 231 (Registro de intervenciones de comunicaciones y otras formas de comunicación), de acápite h)  al inc.2 del artículo 248 (Medidas de protección de testigos, peritos, agraviados y colaboradores) y del artículo 341A (Operaciones encubiertas)
Coerción. Medidas restrictivas de derechos por búsqueda de prueba
Intervención de correspondencia
Intervención de comunicaciones telefónicas y análogas
Actos especiales de investigación: Entrega vigilada, agente encubierto, operaciones encubiertas
Medidas de protección de testigos, peritos, agraviados y colaboradores

Criminalidad organizada. Legislación Proyectos de Ley 1803/2012-CR, 1833/2012-PE y 1946/2012-CR. Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República (Dictamen de 7.05.2013)

Puede acceder al texto completo aquí (pdf)


Casos de asesinos en serie: problemas en la investigación

Referencias:
Homicidio. Asesinato por ferocidad. Asesinos seriales
Investigación preparatoria. Estrategia. Errores en la indagación de asesinatos seriales

Fuente:


http://www.youtube.com/watch?v=jKTxhS7ZpO0



Asesinos en serie – el Monstruo de Bélgica



Fuente:

http://www.youtube.com/watch?v=2Xwa7Uf7dik



Peores asesinos en serie de la Historia 

08 junio, 2013

Estas son las novedades

en:






Semana del viernes 7 al jueves 13 de junio
FORO DE INTERAPRENDIZAJE
Información y debates desde los Cuatro Suyos y el Mundo






LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA
Conociendo al legislador y al juez

La legislación










Calendario de actividades


  • Serie de Coloquios sobre la Constitucionalización del Derecho. Junio-I. 

    • Los fundamentos constitucionales de la reforma acusatoria, garantizadora, de tendencia adversativa, eficaz y eficiente, y el Título Preliminar del Código Procesal Penal peruano (CPP)
    • Expositor: Mario Rodríguez
    • Panelistas: ladimir Padilla / césar Azabache
    • Día: martes 11 de junio
    • Hora: de 12 m a 2 pm
    • Lugar: PUCP. Facultad de Derecho. Aula D-208






  • La utilidad de las disciplinas académicas como causas probatorias. Las Humanidades en el Túnel de la Ciencia
    • Días: 25 y 26 de junio
    • Hora: de 6 a 8 pm
    • Lugar: PUCP. Auditorio de Humanidades









  • I Foro Internacional de compliance y prevención del lavado de activos y del financimiento del terrorismo.