08 septiembre, 2014

REVISTA JURISPRUDENCIAL – Prontuario de Casaciones

CASACIÓN FUNDADA CONTRA AUTO DE VISTA QUE CONFIRMA EL AUTO DEL JUEZ DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA QUE DECLARA FUNDADA LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN UN DELITO CONTRA EL MEDIO AMBIENTE – VERTIMIENTOS CONTAMINANTES AL SUELO-, MEDIO DE DEFENSA TÉCNICA QUE DECLARA INFUNDADO Y ACOGE EL RECURSO DEL FISCAL, LUEGO DE EXPLAYARSE ACERCA DE LOS DELITOS DE OMISIÓN DE CARÁCTER PERMANENTE Y EL CÓMPUTO DE LA PRESCRIPCIÓN AUN CUANDO MEDIA SUSPENSIÓN AL HABERSE FORMALIZADO LA INVESTIGACIÓN (CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA PENAL PERMANENTE. CASACIÓN N° 383-2012. LA LIBERTAD. PONENTE: Villa Stein. 15.10.2013)

¿Puede discutirse en casación el recurso del fiscal contra el auto de la Sala Penal Superior que confirma la resolución que declara fundada la excepción de prescripción de la acción penal contra el representante legal de una empresa minera, por el delito contra el medio ambiente –vertimientos contaminantes al suelo?

¿Cuándo se da por bien concedido el recurso de casación, en el marco de una excepción de prescripción, por los motivos de desarrollo de la doctrina jurisprudencial e indebida o errónea interpretación o falta de aplicación de la ley penal y de otras normas necesarias para su aplicación; y cuándo se desestima el motivo de manifiesta ilogicidad en la motivación de las resoluciones judiciales?

¿Cómo califica Roxín el hecho que el ius puniendi estatal reacciona ante cada cuchillada y pequeño robo y contradictoriamente se pretenda retroceder y renunciar a esta arma en la lucha contra peligros que afectan la vida, salud y otros bienes jurídicos fundamentales de millones de personas, como los que derivan de fallas en los productos, daños al medio ambiente, etc.?

¿Qué es una ley penal en blanco?

¿Es la contaminación ambiental (artículo 304 del CP) un delito omisivo de carácter permanente o un hecho punible de consumación inmediata, y cuáles son los efectos de estas calificaciones para los fines de computar el plazo de prescripción de la acción penal?

¿Cómo deben entenderse los verbos rectores o conductas comprendidas en el delito de contaminación ambiental (artículo 304 del CP): infringir, contaminar y verter?

¿Los verbos rectores: contaminar y verter contaminantes al ambiente se producen cuando se infraccionan las normas que regulan la protección ambiental, causando o pudiendo causar un perjuicio o alteración a la flora, fauna, recursos hidrobiológicos?

¿El incumplimiento del deber de actuación y el peligro que nace de la omisión de los dispositivos o normas ambientales, explican la responsabilidad penal del agente del delito de contaminación ambiental?

¿En el delito de contaminación ambiental interesa la omisión de una actuación debida para controlar el peligro de actividades de riesgo como ocurre en la minería, por el uso de una gran diversidad de sustancias químicas que potencialmente pueden lesionar el bien jurídico protegido, lo que importa infringir una ley dispositiva medio ambiental y otra prohibitiva: no contaminar?

¿En este caso la omisión imputada consiste en la falta de implementación de las medidas para la eliminación de los residuos, no obstante que el agente conocía de la situación generadora del deber, como de la posibilidad de realización de la acción debida?

¿La consumación de un delito permanente y de otro de comisión instantánea con efectos permanentes, importa para el cómputo de la prescripción de la acción penal?

¿El delito permanente lo es porque la consumación se extiende en el tiempo a voluntad del agente, es decir la mantención del resultado importa que la consumación sigue?

¿En los delitos permanentes el plazo de prescripción de la acción penal se cuenta a partir del cese de la permanencia (artículo 82 del CP)?

¿El delito de comisión instantánea con efectos permanentes, se consuma en el instante y sus consecuencias lo trascienden?

¿El delito de contaminación ambiental es un delito omisivo de carácter permanente porque su estado antijurídico se prolonga en el tiempo merced a voluntad del autor, en este caso, el representante de la empresa minera que omite implementar el plan de pasivos ambientales y es renuente a cumplir los dispositivos medio ambientales, pese a la posibilidad de que el daño resulte irreparable, no siendo necesario demandar daño efectivo sino potencial?

¿El curso de la prescripción de la acción penal se suspende una vez formalizada la investigación preparatoria (artículo 339 del CPP y Acuerdo Plenario N° 01-2010)?

¿La suspensión de la prescripción de la acción penal imposibilita aplicar este instituto o, pese a dicha suspensión, el plazo no puede prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario más una mitad de éste?

¿El plazo de suspensión del proceso no es ilimitado y eterno, de no ser así se violarían derechos fundamentales reconocidos por los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, de los cuales es parte el Perú, como la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; instrumentos que no admiten que un proceso penal sea interminable y reconoce el derecho de cualquier procesado al plazo razonable, integrante del debido proceso?

¿La falta de implementación de un plan de remediación o mitigación ambiental, recogido en el plan de cierre de pasivos ambientales, asumido por la empresa minera que suscribió los contratos respectivos, situación que genera graves impactos ambientales por los vertimientos de sustancias contaminantes al río, arrastradas por las lluvias, encuadra en las previsiones del CP que reprime el delito de contaminación ambiental (artículo 304)?

¿La discrepancia judicial con la calificación jurídica de los hechos efectuada por el Ministerio Público afecta los principios acusatorio y de contradicción y ofende la autonomía de la Fiscalía, o el juzgador, constitucional y legalmente, está facultado para realizar una correcta adecuación de la conducta al tipo penal, pues debe velar por la vigencia del principio de legalidad, de manera que la calificación jurídica fiscal puede ser modificada por el Juzgador en el auto de apertura de instrucción, en el de enjuiciamiento o en la sentencia condenatoria, conforme enseña el Acuerdo Plenario N° 04-2007/CJ-116, al referirse a los requisitos de homogeneidad del bien jurídico protegido, no introducción de una circunstancia atenuante o variación del grado del delito o el título de participación y  manifiesto error en la tipificación fácilmente constatable para la defensa?

¿La desvinculación judicial de la calificación jurídica fiscal se respalda en el principio iura novit curia, que exige al Juez aplicar el derecho que corresponde, sin que esto viole los principios de correlación o congruencia procesal, acusatorio, defensa y contradictorio, en tanto no se desconoce la naturaleza de la imputación?

¿Qué significa declarar fundado el recurso de casación, interpuesto por la Fiscalía, por las causales de desarrollo de doctrina jurisprudencial e indebida aplicación o errónea interpretación o falta de aplicación de una ley penal o de otras normas necesarias para su regencia, tratándose de un auto de vista que confirma la resolución del Juez de la Investigación Preparatoria que declara fundada la excepción de prescripción de la acción penal, y que la sentencia casatoria declara infundada?

¿Puede la Sala Penal Suprema, al resolver un recurso de casación, mandar que los demás órganos jurisdiccionales consideren ineludiblemente como doctrina jurisprudencial vinculante lo señalado en alguno o algunos de sus considerandos, referidos al motivo casacional referido al desarrollo de la doctrina jurisprudencial?


Referencias:
Impugnación
Casación fundada por causales de desarrollo jurisprudencial, indebida aplicación o errónea interpretación o falta de aplicación de una ley penal o de otras normas necesarias para su regencia
Desestimación del motivo referido a ilogicidad de la motivación
Doctrina jurisprudencial vinculante

Acción Penal
Impedimentos de la prosecución de la acción penal
Medios de defensa técnica
Excepción de prescripción
Cómputo de la prescripción en casos de delito permanente y de comisión inmediata con efectos permanentes
Suspensión de la prescripción, plazo no ilimitado ni eterno

Hechos, calificación jurídica
Auto de apertura de instrucción. Discrepancia judicial con la calificación jurídica de los hechos por el Ministerio Público
Auto de enjuiciamiento. Discrepancia judicial con la calificación jurídica fiscal
Sentencia condenatoria. Discrepancia judicial con la acusación fiscal
Desvinculación judicial de la calificación jurídica fiscal del hecho. Principio Iura novit curia

Ius puniendi estatal. Criterio roxiniano sobre la reacción punitiva ante hechos que afectan bienes jurídicos esenciales (vida, salud, libertad) y aquellos vinculados con millones de personas (productos fallados, daños al ambiente, etc.)

Ley penal en blanco
Delito omisivo de carácter permanente
Delito de consumación inmediata
Delito permanente y delito de comisión instantánea con efectos permanentes

Delitos contra el ambiente y los recursos naturales
Contaminación ambiental. Verbos rectores o conductas comprendidas. Delito permanente
Normas de protección ambiental, infracción
Flora, fauna, recurso hidrobiológicos, daño o peligro de daño o alteración
Plan de remediación o mitigación ambiental
Deber de actuación del agente y peligro que nace de la omisión de dispositivos ambientales
Omisión de actuación debida para controlar el peligro de actividades de riesgo (minería)
Residuos, falta de implementación de las medidas para su eliminación