- ¿Qué derechos tengo?
Los derechos que toda
persona tiene son:
- Derecho a la vida.
- Derecho a la integridad
física. Nadie debe afectar la forma, disposición y
funcionamiento de nuestros cuerpos.
- Derecho a la salud. Además,
todo aquel que esté en condiciones
de hacerlo o esté obligado, tiene que procurar
conservar o restituir nuestro estado de normalidad, el de nuestras familias
o el de nuestra comunidad.
- Derecho a la libertad
sexual. Ya que somos libres, nadie
debe imponernos realizar actos
sexuales.
- Derecho a la libertad de
tránsito. ir o no de un lugar a otro (libertad de tránsito.
- Derecho a la libertad de
expresión. Decir o no lo que pensamos
- Derecho a la libertad de opinión.,
justificar o no públicamente nuestras propias posturas frente a un problema
- Derecho a la libertad de
trabajo. trabajar sin remuneración.
- Derecho a la libertad
sindical. pertenecer o no a un sindicato.
- Derecho a la igualdad de
género. Ya que todos/as somos iguales, hombres y mujeres podemos ser beneficiarios de las mismas
oportunidades y del goce efectivo de los mismos derechos, así como recibir
trato especial mientras persista la alta vulnerabilidad de la mujer, para
lograr su empoderamiento.
- Derecho a la Propiedad. Ya
que tenemos ciertas cosas, nadie
debe afectar nuestro dominio sobre
ellas.
- Derecho de Petición. Ya
que vivimos en comunidad y necesitamos relacionarnos con el poder público,
podemos presentar peticiones individuales o colectivas ante la Administración
pública y contradecir sus decisiones, así como esperar que estas produzcan como efecto la respuesta justificada de la Administración.
Artículos 2 y 3 de la
Constitución
- ¿Qué debo hacer para que se respeten mis derechos?
Conocerlos es el primer
paso. Sólo si conocemos nuestros derechos podemos defenderlos. Este
conocimiento permitirá que puedas ejercerlos y que los demás también lo hagan y
se respeten entre sí.
Si alguien impide o
amenaza algunos de tus derechos, puedes acudir a la autoridad para que ordene o
dicte las medidas necesarias para resguardarlos y evitar que la amenaza se
cumpla. A estas medidas se les llama “Medidas de Protección o Medidas
Cautelares”. Cuando el mal ya se ha hecho o ya se ha lesionado el derecho
puedes acudir a las autoridades para iniciar un proceso, como por ejemplo el reconocer
una deuda y obtener una reparación económica, o buscar que se imponga una pena
a la persona que ha cometido un delito.
- ¿Sólo en el sistema de justicia se pueden hacer valer los derechos?
No, no es necesario que
todos los casos pasen al sistema de justicia para que un juez resuelva el
problema.
El Estado tiene la
obligación de crear unidades en las diferentes dependencias que se encarguen de
recibir las quejas respecto a la vulneración de un derecho, por parte de un
particular o parte de funcionarios públicos.
Así por ejemplo, si la
queja es por una acción irregular de la empresa de teléfonos puedes acudir ante
OPSITEL, si es por la afectación de tu derecho como consumidor, puedes acudir al INDECOPI.
El sistema de justicia
sólo funciona cuando los otros mecanismos no han surtido efecto.
- ¿Pueden limitar o impedir un derecho por medio de una norma o ley?
La
regla general es que los derechos no pueden ser limitados o anulados. Sólo
excepcionalmente el Estado puede establecer límites o puede suspender el
ejercicio de un derecho en determinadas circunstancias.