Por Patrick Pinedo Hidalgo
Abogado
Así, a través de dicho literal se regula que en relación a los
líquidos alcohólicos correspondientes a las Partidas Arancelarias señaladas en
el artículo 3 del Decreto se pagará impuesto de acuerdo a la tabla anexa a la
norma, que fija quantums de hasta el
30%. Por lo que, de acuerdo a la noticia adjunta al presente, algunos conocidos
en la materia sostienen que el Decreto únicamente tiene un fin recaudatorio y
no apoya a enfrentar la evasión al pago de tributos.
Al respecto, desde un enfoque
económico del comportamiento, el aumento de tasas impositivas genera en los
administrados desincentivos para cumplir con la obligación de pago del tributo.
Por lo que, nos podríamos encontrar ante la comisión de una infracción
tributaria o un delito de defraudación tributaria.
Por lo cual, consideramos pertinente compartir un análisis material
del delito de defraudación tributaria. Para ello, un artículo del suscrito acerca del “engaño” como criterio diferenciador entre la infracción tributaria denominada evasión del cumplimiento de la obligación tributaria de pago y el
delito de defraudación tributaria.