06 julio, 2013

Modificación normativa para prevenir y sancionar delitos contra miembros de la PNP, FFAA, Magistrados y autoridades elegidas


Referencias:
Código Penal. Modificaciones
Pena. Aplicación o determinación. Circunstancia agravante por condición del sujeto activo (Tráfico de drogas, lavado de activos, trata de personas, terrorismo, extorsión y secuestro)
Homicidio calificado (asesinato)
Lesiones graves
Violencia y resistencia a la autoridad
Código de Ejecución Penal. Modificaciones
Beneficios penitenciarios: Semilibertad, liberación condicional


Ley N. ° 30054 que incorpora el artículo 108-A al Código Penal, modifica los artículos 46-A, 108, 121 y 367 del Código Penal y los artículos 47, 48 y 53 del Código de Ejecución Penal, para prevenir y sancionar los delitos contra los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público, miembros del Tribunal Constitucional o autoridades elegidas por mandato popular. 
Publicada 30 de junio de 2013

Ver la publicación en El Peruano aquí (pdf)